El senador del Centro Democrático reconoció, en una respuesta a su propio mensaje, que esa no es la situación actual del exdiputado, pero no borró el trino original y tampoco fue preciso en la aclaración.
Luego de que el presidente, Gustavo Petro, visitó en Barranquilla a su hijo Nicolás, exdiputado del Atlántico incurso en un proceso penal por enriquecimiento ilícito y lavado de activos (delitos que ya aceptó), ambos confirmaron el encuentro a través de sus redes oficiales (1 y 2) y uno de los primeros políticos en reaccionar fue el senador Miguel Uribe Turbay, del partido opositor Centro Democrático.
En su cuenta en X, el congresista aseguró que “el solo encuentro de Petro con su hijo Nicolás altera el proceso y pone en riesgo la investigación. Si bien Nicolás Petro tiene casa por cárcel como beneficio por contribuir con la justicia, debería tener prohibido el contacto con su papá o cualquier otro implicado en el proceso”.
Durante las audiencias de imputación de cargos y medida de aseguramiento, el hijo del jefe de Estado aseguró –como muestra de colaboración con la justicia– que durante la campaña electoral de 2022, de la que hizo parte activa en la costa Caribe, recibió dineros para financiamiento que no habrían sido reportados ante las autoridades electorales y habrían superado los topes máximos que establece la ley.
“En el marco de dicha colaboración y con el fin de respaldar dichas afirmaciones, (Petro Burgos) se compromete desde ya a entregar documentación y evidencia técnica, audios que permita dar soporte a la información suministrada en la diligencia de interrogatorio”, explicó el fiscal investigador del caso, Mario Andrés Burgos.
En ColombiaCheck decidimos verificar el trino del senador Uribe Turbay y encontramos en esa publicación del líder político del Centro Democrático, que ya alcanza más de 823.600 reproducciones, dos afirmaciones falsas: Nicolás Petro Burgos no tiene “casa por cárcel” o “libertad condicional”; además, el juez sí le dictó prohibición de reuniones con las personas implicadas en el proceso, pero su padre, el mandatario colombiano, no está incurso directamente en este a pesar de los señalamientos a su campaña.
¿Nicolás Petro está en casa por cárcel?
Al ser consultado sobre el origen de la fuente de su información, el senador Miguel Uribe le admitió a Colombiacheck que entregó un dato falso al decir que Nicolás Petro tenía casa por cárcel y que procedería a corregir el mensaje en su cuenta en la red social X.
Sin embargo, Uribe Turbay no borró el tuit inicial sino que escribió un hilo dentro de esa misma publicación precisando: “No es casa por cárcel, es libertad condicional. Sin embargo, en cualquier caso la reunión de Petro con su hijo pone en riesgo la investigación, altera el proceso y puede frustrar la colaboración de Nicolás con la justicia”.
“Es evidente que las reuniones entre Petro y su hijo ponen en riesgo la investigación. En la entrevista que le dio Nicolás a Vicky Dávila dijo que llevaba buscando dos o tres meses al papá (presidente) y solo cuando lo cogen detenido es que sí quiere visitarlo. Por eso digo que puede afectarse la colaboración”, precisó el congresista en diálogo telefónico con Colombiacheck.
Así mismo, aseguró que “es ingenuo pensar que el Presidente, en un proceso de esta talla, y que además no tiene buena relación con su hijo, va a ir a visitarlo sin nada a cambio o sin ejercer presión”.
En este nuevo mensaje, el senador Miguel Uribe cayó nuevamente en una imprecisión que fue detectada por el abogado penalista Carlos Hernán Escobar Ramírez y corroborada por Colombiacheck.
“Sigue en error: No es correcto aquello de ‘libertad condicional’. Es libertad y punto. Lo que sería provisional es la privación de la libertad pues él (Nicolás Petro) no ha sido condenado. No hay razones de derecho en el comentario del senador. Son sólo razones políticas”, precisó el penalista.
Así quedó claro, el 3 de agosto, cuando después de dos días de audiencia, Omar Leonardo Beltrán Castillo, juez 74 Penal Municipal de Bogotá, dictó medida no privativa de la libertad contra Nicolás Fernando Petro Burgos y lo dejó vinculado a la investigación penal, al tiempo que le advirtió que no podía salir del país, ni cambiar su domicilio en la ciudad de Barranquilla y tampoco asistir a reuniones políticas.
“Queda terminantemente prohibido tener reuniones políticas o contacto con cualquiera de las personas que hacen parte de estos hechos”, reiteró el juez durante la audiencia y haciendo referencia a quienes le habrían dado al hijo del Presidente recursos de procedencia ilícita para financiar su campaña en 2022.
La decisión de seguir investigando a Nicolás Petro en libertad fue soportada en el Código Penal Colombiano o Ley 906 de 2004, específicamente en el Artículo 307 que establece las medidas de aseguramiento que se clasifican en dos tipos: las privativas de la libertad (establecimiento de reclusión y detención privativa en la residencia sin posibilidad de salir de ella) o las de tipo no privativo de la libertad, que son nueve.
Entre estas últimas, se encuentran: las prohibiciones de salir del país, del lugar en el cual reside o del ámbito territorial que fije el juez; la prohibición de concurrir a determinadas reuniones o lugares y la prohibición de comunicarse con determinadas personas, como se le fijó en la audiencia de control de garantías al hijo del presidente.
La abogada María Alejandra Hormiga, quien durante más de una década ofició como juez penal en el Valle del Cauca, explicó que casa por cárcel o libertad condicional no son lo mismo y tampoco aplican para el caso de Petro Burgos: “Conforme el Artículo 64 de nuestro Código Penal, la libertad condicional opera cuando ya existe una sentencia condenatoria y se ha dictado una pena privativa de la libertad”, situación que aún no ha ocurrido en este caso porque el proceso apenas avanza en la etapa de investigación.
La abogada agregó que “la casa por cárcel (así conocida) técnicamente se llama detención domiciliaria y es una medida privativa de la libertad” que tampoco aplica en esta situación.
¿Petro Urrego está vinculado a la investigación?
La aseveración del senador Miguel Uribe sobre el “riesgo” que correría la investigación tras la visita del jefe de Estado a su hijo porque “altera el proceso y puede frustrar la colaboración de Nicolás con la justicia” se presta para libres interpretaciones.
Sin embargo, sí se puede establecer que el Presidente de la República no es sujeto procesal en las acciones que se adelantan en contra de su primogénito por el aumento injustificado de su capital como servidor público. Y, como ya se estableció, la prohibición de encontrarse con las personas que sí están implicadas de forma directa en este sí se estableció por parte del juez, aunque Uribe da a entender que no fue así.
El abogado Francisco Bernate Ochoa recordó que el presidente no está dentro de aquellas personas con las que el juez prohibió a Nicolás reunirse porque no es materia ni objeto de esta investigación en particular. “Nicolás no ha colaborado respecto de su papá sino de la campaña y debe quedar claro que todo lo relacionado con la campaña electoral es responsabilidad del gerente y no del candidato”.
Efectivamente, Armando Novoa, exmagistrado del Consejo Nacional Electoral, precisa que la Ley 996 de 2005, que reglamenta la elección del Presidente de la República (y otros soportes de la legislación colombiana (1, 2)), es muy clara en su consideración sobre las implicaciones en materia penal y electoral. “En materia penal tiene que demostrarse que el candidato o el gerente conocían del tema y permitieron que ingresaran los dineros que no fueron declarados al momento de la rendición de cuentas. Aquí le corresponde a la Fiscalía investigar, pero la Fiscalía no tiene potestad para hacerlo con el mandatario; sí con el gerente, el contador y el auditor de la campaña”.
El Presidente de la República de Colombia no puede ser juzgado o investigado por la Fiscalía General de la Nación sino por la Comisión Legal de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes.
Por mandato constitucional, en el Artículo 178, y la Ley 5 de 1992 en su Artículo 329, le corresponde conocer a esta célula congresional sobre las denuncias penales o quejas disciplinarias contra altos dignatarios del Estado, desde el Presidente de la República, pasando por el Fiscal General de la Nación, magistrados de la Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado y Consejo Superior de la Judicatura.
Pero partiendo de las declaraciones públicas y las confesiones juramentadas sobre el particular, el representante a la Cámara, Wadith Manzur Imbet, presidente de la Comisión de Investigaciones y Acusaciones de esa célula legislativa, anunció en un comunicado que se está adelantando un proceso de investigación previa al Presidente de la República por la financiación de su campaña.
Precisamente, frente a esta última aclaración la Fiscalía General de la Nación indicó en su boletín 49505 que, de acuerdo con la autonomía e independencia de los fiscales titulares, y según los elementos probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida, y la que será allegada a la investigación en etapas subsiguientes, se dará continuidad a los análisis correspondientes y actividades de esta investigación.
El órgano de investigación judicial enfatizó que citará a quienes se requiera para aclarar este caso. Y también tendrá potestad para comprometer a los directivos de campaña y al entonces candidato.
De tal manera que, tras este análisis y con las evidencias presentadas en Colombiacheck, concluimos que el tuit de Miguel Uribe es falso, pues las aseveraciones que hace en él no coinciden con la realidad del proceso contra Nicolás Petro. El hijo del Presidente está afrontando la investigación en libertad, no bajo una medida privativa; sí tiene prohibido reunirse con otras personas implicadas y su padre, Gustavo Petro, no es un sujeto procesal dentro de dicha acción jurídica a pesar de los señalamientos hechos sobre el financiamiento de su campaña.